La Inspección General de Justicia (IGJ) es el organismo que controla la legalidad, el funcionamiento y la fiscalización de las sociedades comerciales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Si querés constituir una SRL, una SA, una SCA o cualquier sociedad con domicilio legal en CABA, la IGJ debe aprobar tu contrato social antes de que puedas operar.
Fuera de CABA (Provincia de Buenos Aires, Córdoba, Mendoza, etc.), el control lo hace cada Registro Público de Comercio provincial.
Aquí te explicamos todos los requisitos documentales y sustanciales que pide la IGJ en 2025.
¿Qué sociedades están obligadas a inscribirse en IGJ?
- Todas las sociedades por acciones (SA, SCA, SRL con capital superior a cierto monto).
- Todas las sociedades que tengan su sede social (domicilio legal) en CABA, independientemente de dónde funcione el local comercial.
- Las asociaciones civiles y fundaciones con sede en CABA.
- Las sucursales de sociedades extranjeras que operen en CABA.
Si tu comercio es una SRL chica con local en Avellaneda (PBA) pero la contabilidad la hacés en tu departamento de Caballito (CABA), igual tenés que inscribirte en IGJ (y además en el Registro de PBA, doble inscripción).
Requisitos documentales (La lista completa)
1. Instrumento constitutivo (Contrato social o estatuto)
Debe estar redactado en idioma español, foliado y rubricado. Puede ser por escritura pública (ante escribano) o instrumento privado con firma certificada.
La IGJ prefiere escritura pública porque da más seguridad jurídica. El contrato debe contener todos los puntos del artículo 11 de la Ley General de Sociedades N° 19.550: identificación de socios, denominación, domicilio, objeto, capital, duración, administración, fiscalización, etc.
2. Informe de escribano o certificación contable
Un escribano debe certificar que los socios son capaces, que las firmas son auténticas y que el instrumento es legal.
Además, un contador público (matriculado) debe emitir un dictamen de certificación de capital donde declare que el capital social es suficiente, real y está correctamente valuado.
Si el capital es en dinero, igual a veces piden este informe.
3. Certificado de reserva de nombre
Debe estar vigente (no más de 30 días desde su emisión). Si se venció, tenés que renovarlo.
4. Documentación personal de los socios
- Copia autenticada del DNI de cada socio. Si el socio es extranjero, copia del DNI extranjero o pasaporte y CDI (Clave de Identificación).
- Constancia de CUIT o CUIL de cada socio.
- Certificado de domicilio (puede ser una factura de servicio reciente).
5. Declaración jurada de los socios sobre inexistencia de impedimentos
Cada socio debe declarar bajo juramento que no está inhabilitado para ejercer el comercio (ej: no tener condena por quiebra fraudulenta, no ser funcionario público incompatible).
Requisitos sustanciales (Lo que la IGJ controla en el fondo)
No alcanza con presentar papeles. La IGJ analiza el contenido del contrato y puede rechazarlo si:
- Objeto social ilícito o imposible: No podés poner "se puede dedicar a cualquier actividad lícita". Debe ser determinable. Sí podés poner una lista amplia, pero no indefinida.
- Capital social irrisorio: Si declarás un capital de $100.000 para un supermercado que requiere $10 millones de inversión, la IGJ interpreta que es una simulación y te exige que lo aumentes. El mínimo legal para SRL es $100.000, pero en la práctica, la IGJ exige un capital que sea proporcional al objeto social.
- Cláusulas abusivas o que violen el orden público: Por ejemplo, una cláusula que prohíba a los socios controlar la gestión viola la ley.
- Administración mal definida: Si el contrato dice "la administración estará a cargo de quien los socios designen" sin nombrar a nadie, la IGJ lo rechaza.
Procedimiento de presentación y plazos
Toda la presentación es online a través del sistema "Autopista IGJ" (autopista.igj.gov.ar). Los pasos son:
- Crear usuario en Autopista IGJ (requiere clave fiscal nivel 3).
- Cargar los documentos en formato PDF (cada documento no debe pesar más de 10 MB).
- Abonar la tasa de inscripción (aproximadamente $50.000 a $100.000 según el capital social).
- Esperar la resolución. La IGJ tiene 15 días hábiles para aprobar o formular observaciones. En la práctica, suele tardar 30 días hábiles.
Si la IGJ formula observaciones, tenés 30 días para subsanarlas (presentar un nuevo contrato o documentos aclaratorios).
Si no las subsanás, la solicitud caduca y perdés la tasa pagada.
Costos totales estimados (Honorarios + Tasas)
Constituir una sociedad con intervención de IGJ no es barato. Costos mínimos:
- Honorarios de abogado societario: $200.000 a $400.000.
- Honorarios de escribano: $150.000 a $250.000 (si es escritura pública).
- Honorarios de contador (dictamen): $50.000 a $100.000.
- Tasa de inscripción IGJ: $50.000 a $100.000.
- Publicación en Boletín Oficial: $40.000 a $70.000.
- Total aproximado: entre $490.000 y $920.000.
Recomendación: Si tu negocio es chico (facturación anual menor a $50 millones), te conviene mil veces operar como monotributista persona humana o como responsable inscripto persona humana, y evitar la IGJ. El costo de constituir una SRL raramente se justifica para un comercio de barrio con uno o dos socios. La SRL solo tiene sentido si necesitás limitar la responsabilidad patrimonial por un riesgo alto (ej: productos peligrosos, muchos empleados, deudas potenciales enormes).