¿Cómo registrar el Sistema de Autoprotección ante la municipalidad?

El Sistema de Autoprotección (también llamado Plan de Autoprotección o PAM) es un requisito cada vez más exigido por los municipios argentinos, especialmente en la Ciudad de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires, Córdoba, Rosario y otros grandes centros urbanos.

No alcanza con tener matafuegos y luces de emergencia: necesitás un documento formal que describa cómo tu local va a prevenir emergencias y cómo va a reaccionar si ocurren.

Este documento debe ser registrado ante la municipalidad y mantenerse actualizado. Aquí te explicamos paso a paso cómo redactarlo, quién lo debe firmar y cómo presentarlo.

¿Qué es el Sistema de Autoprotección?

El Sistema de Autoprotección es un conjunto de medidas organizativas y operativas que el titular del local comercial implementa para prevenir y controlar riesgos (incendio, inundación, sismo, accidentes graves) y para evacuar de manera segura a las personas.

Incluye desde la cartelería hasta la designación de un "jefe de emergencia", pasando por simulacros periódicos.

La normativa de base en la mayoría de los municipios es la Ley 1.840 de la Ciudad de Buenos Aires (Sistema de Autoprotección para edificios y locales), que luego fue adoptada con variantes por otras jurisdicciones.

En Provincia de Buenos Aires, el Decreto 1.600/04 regula los planes de autoprotección para lugares de concurrencia masiva, pero muchos municipios lo extienden a todo comercio.

Paso 1: Diagnóstico de riesgos del local

El primer paso para redactar el Sistema de Autoprotección es hacer un diagnóstico de riesgos de tu local.

Este diagnóstico debe identificar:

  • Riesgos internos: Mercadería inflamable, instalaciones eléctricas antiguas, productos químicos (ej: un local de pinturas o limpieza), falta de ventilación, acumulación de materiales combustibles cerca de fuentes de calor.
  • Riesgos externos: Proximidad a estaciones de servicio, locales de alto riesgo vecinos, calles de difícil acceso para bomberos, falta de hidrantes cercanos.
  • Personas expuestas: Cantidad máxima de clientes que puede albergar el local (según metros cuadrados), empleados, personas con movilidad reducida (si las hubiera).

Este diagnóstico debe ser realizado por un profesional habilitado: arquitecto, ingeniero o técnico superior en higiene y seguridad.

Se emite un informe que se anexa al plan.

Paso 2: Elaboración del documento

El Sistema de Autoprotección debe ser un documento escrito, foliado, con membrete del local y firma del titular y del profesional responsable.

Debe contener las siguientes secciones obligatorias:

a) Identificación del local y del responsable

Nombre del comercio, dirección, superficie cubierta, cantidad de pisos, actividad desarrollada. Nombre del titular, CUIT, domicilio.

Designación de un Jefe de Emergencia (puede ser el dueño o un empleado capacitado) que será la persona a cargo de dirigir la evacuación y coordinar con bomberos y ambulancias.

b) Plan de prevención de incendios

Debe detallar las medidas preventivas diarias: prohibición de fumar en el local, almacenamiento ordenado de materiales inflamables, revisión periódica de instalaciones eléctricas, limpieza de depósitos, etc.

c) Plan de actuación ante emergencias

Un procedimiento paso a paso para diferentes escenarios: incendio, sismo, amenaza de bomba, desastre natural (inundación), accidente grave (caída de mercadería, electrocución).

Cada paso debe ser claro y concreto. Ejemplo para incendio:

  1. DETECCIÓN: Quien detecte el fuego debe gritar "FUEGO" y activar la alarma (si la hay) o avisar al Jefe de Emergencia.
  2. ALARMA: El Jefe de Emergencia da la orden de evacuar.
  3. ATAQUE INICIAL: Si el fuego es pequeño (tacho de basura, cortocircuito localizado), una persona capacitada debe usar el matafuego. Si no puede controlarse en 30 segundos, se abandona el local.
  4. EVACUACIÓN: Se desalojan las instalaciones por las vías de evacuación señalizadas. Las personas deben dirigirse al punto de encuentro externo (una cuadra o un lugar seguro designado).
  5. CONTROL: El Jefe de Emergencia verifica que todas las personas hayan salido y recibe a los bomberos.

d) Plano de evacuación con recorridos

Se adjunta un plano actualizado donde se marcan: ubicación de cada matafuego, luces de emergencia, salidas, extintores, punto de encuentro externo, y las rutas de evacuación primarias y secundarias.

Las rutas deben estar libres de obstáculos en todo momento.

e) Cronograma de capacitación y simulacros

El plan debe incluir un cronograma anual de capacitación al personal (mínimo una capacitación al año) y de simulacros de evacuación (mínimo uno cada dos años, aunque muchos municipios exigen uno anual).

Se debe dejar constancia de cada simulacro realizado en el Libro de Seguridad e Higiene.

Paso 3: Registro ante la municipalidad

Una vez redactado el documento, debes presentarlo ante la Dirección de Defensa Civil o la Dirección de Habilitaciones de tu municipio.

La presentación suele hacerse en la misma mesa de entrada donde tramitas la habilitación comercial.

Adjuntarás:

  • El Sistema de Autoprotección completo, en dos copias impresas y en formato digital (PDF).
  • El diagnóstico de riesgos firmado por el profesional.
  • Los planos del local con las señalizaciones.
  • El comprobante de pago de la tasa correspondiente (generalmente la misma Tasa de Seguridad e Higiene incluye este registro).

La municipalidad tiene un plazo de 30 a 60 días para revisar y aprobar el sistema.

Si está conforme, te devuelven una copia sellada y registrada. Si hay observaciones, debes corregirlas y volver a presentar.

Obligaciones posteriores al registro

Una vez registrado, el Sistema de Autoprotección no es un trámite que se olvida.

Tienes obligaciones continuas:

  • Actualización anual: Cada año debes revisar el plan y actualizarlo si cambió algo (nuevos empleados, cambio de distribución del local, nuevo rubro).
  • Notificación de cambios significativos: Si ampliás el local, cambiás de actividad o hacés una reforma estructural, debes modificar el plan y volver a presentarlo.
  • Registro de simulacros: Cada simulacro que realices debe quedar asentado en el Libro de Seguridad con fecha, duración, lista de participantes y observaciones.

¿Qué pasa si no registro el Sistema de Autoprotección?

La falta de registro es considerada una falta grave en todos los municipios.

Las consecuencias incluyen:

  • Multa que puede oscilar entre $100.000 y $1.000.000, dependiendo del tamaño del local y la reincidencia.
  • Clausura preventiva hasta la regularización.
  • Responsabilidad penal del dueño en caso de un siniestro: si ocurre un incendio y alguien muere, la falta de un plan de autoprotección puede ser considerada homicidio culposo (artículo 84 del Código Penal). La pena es de 1 a 5 años de prisión.
Consejo práctico: No subestimes este trámite. Un Sistema de Autoprotección bien hecho no solo cumple con la ley, sino que puede salvar vidas (incluyendo la tuya). Si tenés un local chico (menos de 100 m²), la exigencia es menor, igual necesitas al menos un documento simple. Consultá en tu municipio si existe una versión simplificada para pequeños comercios; algunos la ofrecen para bajar los costos.

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